Con el objetivo de fomentar la compra del vehículo eléctrico en nuestro país para cumplir con las normativas de sostenibilidad generadas a nivel europeo, se crea el Plan MOVES III en abril del año 2021. Oímos hablar de ello en múltiples ocasiones, pero, a la hora de COMPRAR UN VEHÍCULO ELECTRICO: ¿EN QUÉ CONSISTE EL PLAN MOVES III?
Actualmente casi un 5% de la cuota de mercado de vehículos matriculados son eléctricos, todavía lejos de la media europea que se acercó al 15% en 2023 y que a lo largo del primer trimestre del 2024 ha obtenido un 14,4%, un ligero descenso en comparación con el año anterior.
1.- En qué consiste el Plan MOVES III.
Ampliado recientemente, este Plan ofrece una subvención por la compra de un vehículo eléctrico que varía en función del tipo de tecnología adquirida y del automóvil seleccionado.
A modo de resumen, adjuntamos la siguiente tabla que recoge las ayudas a percibir:
| TECNOLOGÍA | APORTACIÓN MINIMA | APORTACIÓN MÁXIMA |
| ELÉCTRICO | 4.500 | 7.000* |
| ELÉCTRICO CON AUTONOMÍA EXTENDIDA (MÁS DE 90KM.) | 4.500 | 7.000* |
| HÍBRIDO ENCHUFABLE (ENTRE 30-90KM DE AUTONOMÍA) | 2.500 | 5.000* |
| PILA DE COMBUSTIBLE (SIN AUTONOMÍA MÍNIMA) | 4.500 | 7.000* |
* Si se achatarra un vehículo con más de siete años de antigüedad.
A parte de estas ayudas, los concesionarios aplicarán otros 1.000€ más de descuento.
Facilitamos más detalles para que cuando pienses en COMPRAR UN VEHÍCULO ELECTRICO, sepas en ¿EN QUÉ CONSISTE EL PLAN MOVES III?
2.- ¿Qué requisitos tenemos que cumplir para optar al Plan MOVES III?
Enumeramos de manera sencilla los requisitos que hay que cumplir para poder disfrutar de las subvenciones que facilita el Plan MOVES III:
- Sólo esta destinado para vehículos eléctricos, eléctricos de autonomía extendida e híbridos enchufables con un precio de venta máximo de 45.000€ , IVA no incluido.
- Además de los mencionados anteriormente, también se contemplan los vehículos de mismas características con 8 o 9 plazas de 53.000€ sin IVA de importe mínimo de compra.
- En el caso de los vehículos de pila de combustible (FCEV) (https://www.ocu.org/coches/coches/noticias/coches-pila-combustible), no hay límite de precio de compra.
- El plan va destinado a vehículos nuevos, pero en el año 2023, esto se amplió a coches seminuevos eléctricos de menos de 12 años de antigüedad.
Podrán contar con un descuento adicional de un 10%, aquellos que cumplan los siguientes requisitos:
- Compradores que tengan su residencia habitual en poblaciones de menos de cinco mil habitantes.
- Personas con movilidad reducida reconocida.
- Vehículos que se destinan al servicio de VTC o Taxi.
3.- ¿Qué tramites hay que realizar para solicitar el Plan MOVES III?
Lo primero que debemos considerar a la hora de realizar los tramites para solicitar el Plan MOVES III, es la Comunidad Autónoma en la que residamos, pues dependiendo de ello, podrá realizar la gestión el propio concesionario o tendremos que realizarla nosotros mismos. Si estamos en el primer caso, la concesión se encargará de todo el papeleo, sin coste para el cliente, pero si no fuera el caso, la documentación que debemos aportar es la siguiente:
- Copia del presupuesto o la hoja de pedido del vehículo.
- Copia del NIF/DNI del solicitante de la ayuda.
- En el caso de profesionales autónomos, certificado de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
- Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social.
- Declaración responsable de que no se dispone de otras ayudas similares o bajo el régimen de minimis en los últimos 3 años.
- Certificado de empadronamiento en el que conste que la persona solicitante reside en la Comunidad Autónoma donde solicita la ayuda.
- En el caso de que la persona solicitante tenga alguna discapacidad o pertenezca al sector del taxi o VTC, se solicita un certificado que acredite esa condición.
- Recopilada la documentación accedemos a la tramitación online de la misma o presencial, dependiendo también de la CC.AA. en la que nos encontremos. En el caso de la Comunidad de Madrid, puedes ampliar la información aquí: https://movestresmadrid.com/
Posteriormente, se nos requerirá desde el Ministerio de Industria los documentos que detallamos a continuación:
- Copia de la factura de compraventa del vehículo. Esa factura debe ser posterior al 9 de abril de 2021 (fecha en la que se activó el MOVES III) y debe constar en ella el descuento de como mínimo 1.000 euros que obligatoriamente debe hacer el concesionario.
- Documento justificativo del pago de esa factura.
- Copia de la ficha técnica del vehículo adquirido.
- Copia del Permiso de Circulación del vehículo adquirido o fotocopia del Permiso de Circulación provisional emitido por DGT.
- Número de cuenta bancaria para hacer el ingreso de la subvención.
En caso de que la solicitud incluya el achatarramiento de un vehículo en las condiciones expresadas, aportaremos también:
- Certificado que acredite la baja del vehículo.
- Fotocopia del permiso de circulación del vehículo achatarrado.
- Copia del impuesto de vehículos de tracción mecánica debidamente abonado, como mínimo, desde el año 2020.
4.- Aportada la documentación, ¿cuándo se recibe el dinero del Plan MOVES III?
Una vez realizadas las gestiones y aportados todos los documentos necesarios en cada caso, nos preguntamos: ¿cuándo se recibe el dinero?
Como habéis podido deducir del proceso que hemos expuesto, el tramite se realiza con la Comunidad o Ciudad Autónoma, que es la que después nos pagará la subvención con fondos estatales, por lo que, el tiempo estimado medio para contar con esa aportación económica es de unos 18 a 24 meses. Lo ideal seria que este trámite fuera más ágil, esta demanda la están haciendo los fabricantes de los vehículos para intentar que el próximo Plan MOVES, cuente con mayor facilidad y rapidez en su gestión.
5.- Fiscalidad y Plan MOVES III.
Algo que no debemos olvidar una vez recibida la subvención es incluirla en la Declaración del IRPF correspondiente, pues se considera una ganancia patrimonial.
6.- Duración del Plan MOVES III.
En el mes de junio de 2024 se realizó una ampliación del plazo hasta diciembre de este mismo año, pero todo hace suponer que se volverá a publicar otro nuevo Plan para poder cumplir con los objetivos de sostenibilidad, con la intención de que estos procedimientos que hemos expuesto se agilicen y con la pretensión de que las ayudas se puedan recibir en el momento de la compra del vehículo.
Ahora ya cuentas con información que esperamos pueda ayudarte a decidir si estas pensando en adquirir un vehículo. Recuerda que también puedes solicitarnos información sobre las propuestas que tenemos disponibles en nuestro catálogo, rellenando el formulario de cita o llamando a nuestro teléfono habitual 916145045, pulsando la opción Tienda.





